| Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. | ||||||||||||||
| http://www.croem.es/Web20/CROEMMedioAmbiente.nsf/a7e81c71d3b8cd60c125774300507426/d74fd5c2df010019c12579260039894f/$FILE/Triptico%20Curso%20Ley%2022-2011,%20Residuos%20y%20Suelos%20Contaminados.pdf | ||||||||||||||
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| Deroga: 1. La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. 2. El capítulo VII sobre régimen sancionador y la disposición adicional quinta de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases. Los restantes preceptos, en lo que no se opongan a esta Ley permanecen vigentes con rango reglamentario. Las funciones realizadas por la Comisión mixta prevista en la citada disposición adicional quinta serán asumidas por la Comisión de coordinación en materia de residuos. 3. La Orden MAM/2192/2005, de 27 de junio, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para financiar el transporte a la península, o entre islas, de los residuos generados en las Illes Balears, Canarias, Ceuta y Melilla. |
La Ley de Residuos y Suelos Contaminados por el que se transpone la Directiva 2008/98/CE, actualiza la legislación tras más de 10 años de aplicación de la primera Ley de residuos. La nueva política de residuos apuesta por la prevención, maximizando el aprovechamiento de los recursos, y la disminución de los impactos adversos de su producción y gestión sobre la salud humana y el medio ambiente.
El nuevo texto actualiza el régimen jurídico de la producción y gestión de los residuos, delimita las obligaciones de productores y gestores simplifica trámites administrativos, utilizando un registro compartido entre las Administraciones, de modo que se garantice la transparencia y trazabilidad en la gestión.
Se crea una Comisión como instrumento de cooperación y coordinación entre Administraciones públicas en materia de residuos, respetando el mercado interior y buscando soluciones eficaces, transparencia en la gestión y mayor accesibilidad de información. Asimismo, se clarifican las competencias de las entidades locales en relación con los residuos generados en los municipios.
De acuerdo con la legislación comunitaria, antes de 2015 deberá llevarse a cabo una recogida separada de distintos materiales procedentes de residuos (papel, plástico, vidrio, metales), posibilitando la separación de los biorresiduos y el establecimiento de sistemas de depósito, devolución y retorno.
Se incorporan objetivos de preparación para la reutilización y reciclado de un 50% antes de 2020 para distintos materiales que componen los residuos domésticos y similares. En el caso de los residuos de construcción y demolición el porcentaje se eleva al 70% en reutilización, reciclado y valorización.
El nuevo texto establece que las Administraciones Públicas aprobarán programas y planes de prevención de residuos, así como de gestión, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Se crea un marco legislativo común para que los fabricantes y responsables de la puesta en el mercado de los productos que con su uso se convierten en residuos, se involucren en la prevención y gestión de los mismos.
La nueva Ley contribuye a impulsar la innovación asociada a productos y procesos, mercadotecnia y diseño, generando nuevas oportunidades laborales y sociales.
Se establece un calendario hasta 2018 de sustitución de bolsas comerciales de un solo uso de plástico no biodegradable, y desde 2015, la obligación de marcarlas con mensaje sobre sus efectos en el medio ambiente.
Se mantiene el régimen aplicable a los suelos contaminados de la Ley 10/1998 de residuos, y se matizan, entre otros, aspectos relacionados con la responsabilidad de la contaminación de los suelos.
El nuevo texto refuerza las funciones de vigilancia, inspección y control, en consonancia con la supresión de determinadas autorizaciones y su sustitución por comunicaciones. Asimismo se ha clarificado y completado el régimen sancionador.
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